El Depósito Legal es la normativa que establece la obligatoriedad, para todas las imprentas, productoras de cine y video, sellos musicales, publicaciones electrónicas y canales de televisión, de enviar a la Biblioteca Nacional un determinado número de ejemplares al momento de su publicación.
En el caso de los impresos deben enviarse 5 ejemplares; en cuanto a las grabaciones sonoras, producciones audiovisuales o electrónicas, 2 ejemplares de cada una. En el caso de las publicaciones periódicas pueden suscribirse convenios para establecer modalidades de depósito legal mixto, sustituyendo algunos ejemplares por microfilmes y/o soportes electrónicos. De los impresos en regiones, 3 ejemplares deben enviarse a la Biblioteca Nacional y 2 ejemplares se depositan en la Biblioteca Regional de la respectiva región. En caso de no existir, deberán enviarse los 5 ejemplares a la Biblioteca Nacional.