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Asuntos Internacionales y Tráfico Ilícito de Bienes Patrimoniales

Mesa TIBP

Mesa de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Patrimoniales

En mayo de 2013 el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural creó  la Mesa de Tráfico Ilícito de Bienes Patrimoniales, con el objeto de contribuir a la consolidación de una estrategia de lucha contra el tráfico ilícito de dichos bienes, mediante la consolidación, sistematización, profundización y proyección del trabajo en conjunto.

Actualmente esta mesa está integrada por trece representantes de instituciones del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural y uno de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, y por catorce asesores permanentes y externos, representantes de organismo públicos y privados.

En principio, una de las funciones de la Mesa fue buscar la ratificación de la Convención de 1970, lo que en la práctica ocurrió un año después. De ahí en adelante, la  Mesa ha mantenido sus esfuerzos en fortalecer la coordinación y cooperación interinstitucional en materia de prevención, cooperación y denuncia para impedir la circulación ilícita de bienes patrimoniales muebles.

Para coordinar el eficaz y eficiente cumplimiento de los objetivos y deberes, los integrantes de la MTIBP identificaron además tres líneas de acción para promover y fortalecer la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales con valor patrimonial, estableciéndose, desde los inicios de la Mesa de Trabajo, tres grupos internos de trabajo: Un Grupo Legislativo; el Grupo Técnico Operativo, y el Grupo de Educación, Capacitación y Difusión.

Integrantes Mesa Ordinaria

  1. Archivo Nacional
  2. Biblioteca Nacional de Chile
  3. Centro de Documentación de Bienes Patrimoniales
  4. Centro Nacional de Conservación y Restauración
  5. Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales
  6. División Jurídica del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
  7. Museo Nacional de Historia Natural
  8. Museo Nacional de Bellas Artes
  9. Museo Histórico Nacional
  10. Subdirección Nacional de Museos
  11. Subdirección Nacional de Pueblos Originarios
  12. Subsecretaría del Patrimonio Cultural
  13. Unidad de Asuntos Internacionales y Tráfico Ilícito de Bienes Patrimoniales

Integrantes Mesa Ampliada

  1. Ministerio de Relaciones Exteriores;
  2. Ministerio Público;
  3. Ministerio de Defensa Nacional;
  4. Subsecretaría de Prevención del Delito, Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
  5. Consejo de Defensa del Estado;
  6. Servicio Nacional de Turismo;
  7. Servicio Nacional de Aduanas;
  8. Policía de Investigaciones de Chile;
  9. Carabineros de Chile;
  10. Dirección General de Aeronáutica Civil – DGAC;
  11. Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante – DIRECTEMAR;
  12. Comisión Nacional Chilena de Cooperación con la Unesco;
  13. Comité Chileno del Consejo Internacional de Museos (ICOM);
  14. Comisión Nacional de Bienes Culturales de la Iglesia.

 

Normativa

Entre la normativa por la cual se rige -a nivel nacional- el tráfico ilícito de bienes patrimoniales, se destaca:

  • Ley N°16.441, de 1966, que crea el Departamento de Isla de Pascua, artículo 43°.
  • Ley N°17.236, de 1969, que aprueba normas que favorecen el ejercicio y difusión de las artes, junto al Decreto Supremo N°3858, de 1970, que fija su Reglamento.
  • Ley N°17.288, de 1970, que legisla sobre Monumentos Nacionales.
  • Ley N°21.045, de 2017, crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
  • Decreto Supremo N°484, de 1990, Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
  • Ley 19.253 art. 29. Bienes del patrimonio histórico de los Pueblos Indígenas

 

Permisos y tramitación para salida e ingreso de bienes patrimoniales al país. 

Dentro de los bienes culturales que requieren autorización para salir de Chile, la legislación vigente ha establecido lo siguiente:

  • Todos los bienes y piezas arqueológicas y paleontológicas: Su salida sólo puede ser autorizada por Decreto del Ministerio de Las Culturas, las Artes y el Patrimonio, dictado a solicitud del CMN.
  • Todos los bienes que forman parte de las colecciones de museos del Estado: Su salida solo puede ser autorizada por Decreto del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, dictado a solicitud del CMN.
  • Bienes del patrimonio histórico de los pueblos indígenas que vayan a ser enajenados o exhibidos en el extranjero: Se requiere un informe previo de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
  • Todas las obras de arte de artistas chilenos o extranjeros: Su salida debe ser autorizada por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. Con todo, dicha facultad hoy se encuentra delegada en el Director del Museo Nacional de Bellas Artes, en virtud de lo establecido en el Decreto N°863 de 1976, del Ministerio de Educación.
  • Objetos y material bibliográfico que tengan la condición de monumentos históricos (MH): Su salida solo puede ser autorizada por Decreto del Ministerio de Las Culturas, las Artes y el Patrimonio, dictado a solicitud del CMN.

¿Qué hay que hacer para sacar temporal o definitivamente un bien cultural del país?

Para exportar, temporaria o definitivamente, es necesario poseer una licencia de exportación, que deberá presentar a la salida del país. Debe realizarse en los organismos pertinentes -Consejo Monumentos Nacionales, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y Museo Nacional de Bellas Artes- según el bien en cuestión.

¿Qué bienes está prohibido exportar definitivamente?

La exportación de bienes arqueológicos y paleontológicos está prohibida.

 

 

Convenios bilaterales

Lista de Convenios bilaterales suscritos por Chile asociados a la devolución y restitución de bienes culturales:

  • Decreto N° 584, de 1982, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Convenio de intercambio cultural suscrito en Lima el 05/05/1978, entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Perú (artículo 20). https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=14426
  • Decreto N° 161, de 1992, del Ministerio de Relaciones Exteriores que Promulga el Convenio de cooperación cultural y educativa con los Estados Unidos Mexicanos (artículo VI). https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=86052
  • Decreto N° 1430 de 1996, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el acuerdo de cooperación cultural, científica y educativa con Turquía (artículo VI). https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=17822
  • Decreto Supremo N° 182, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Acuerdo en materia de prevención del robo, excavación clandestina e importación y exportación ilícitas de bienes culturales entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular de China. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=276786
  • Decreto Supremo N° 131, de 2013, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Convenio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos sobre protección y restitución de bienes culturales. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1059731
  • Decreto Supremo Nº 208, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Convenio de cooperación entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Ecuador para la protección, conservación, recuperación y restitución de bienes del patrimonio cultural, que hayan sido materia de robo, hurto, saqueo, transporte, receptación, tráfico y/o comercialización ilícitos https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1130399
  • Decreto N° 41, del 2019, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que aprueba el Memorando de Entendimiento celebrado entre el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y el Museo Kon-Tiki del Reino de Noruega.Define las bases para la restitución de bienes patrimoniales y fotografías inéditas de Rapa Nui, provenientes de las expediciones de Thor Heyerdahl a la Isla en 1955-1956 y en 1986-1988. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1169346
  • Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo a la Imposición de Restricciones a la Importación de Ciertas Categorías de Materiales Arqueológicos de Chile, suscrito el año 2020 https://www.govinfo.gov/content/pkg/FR-2020-10-09/pdf/2020-22573.pdf

Proyecto:

https://recupero.patrimoniocultural.gob.cl/